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Solicitar una vivienda

El procedimiento

El Ayuntamiento de Madrid aprobó un nuevo Reglamento de Adjudicación de Viviendas el 20 de diciembre de 2018, que entró en vigor el 5 de enero de 2019 (disponible en la Normativa local del Portal de Transparencia). Para poder participar en cualquier proceso de adjudicación de la EMVS es requisito imprescindible estar inscrito en el RPSV.

Las ofertas de vivienda se publicarán en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid y serán anunciadas en la web de la EMVS.

La selección de los adjudicatarios en cada oferta de vivienda dependerá del número y tipología de los inmuebles disponibles. La demanda de solicitantes se organiza en grupos y subgrupos, de acuerdo con las circunstancias personales, familiares, sociales, económicas y de otra índole que cada solicitante presenta en el RPSV. El reglamento en vigor establece unos porcentajes mínimos de viviendas asignadas a cada grupo sobre el total de viviendas ofertadas.

Se considerarán grupos de demanda: las personas en situación de vulnerabilidad residencial; las personas menores de 35 años y las mayores de 65; las familias monoparentales y las numerosas; las personas con discapacidad; las víctimas de violencia de género, trata y/o explotación sexual; la demanda general y las personas en "extrema exclusión residencial". Al segmentar la adjudicación de viviendas entre todas estas situaciones sociales se consigue llegar a más sectores de la población madrileña. Los pisos se adjudican luego en función de las características de los demandantes.