El Ayuntamiento de Madrid aprobó un nuevo Reglamento de Adjudicación de Viviendas el 20 de diciembre de
2018, que entró en vigor el 5 de enero de 2019 (disponible en la
Normativa local del Portal de
Transparencia). Para poder participar en cualquier proceso de
adjudicación de la EMVS es requisito imprescindible estar inscrito en el RPSV.
Las ofertas de vivienda se publicarán en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid y
serán anunciadas en la web de la EMVS.
La selección de los adjudicatarios en cada oferta de vivienda dependerá del número y tipología de los
inmuebles disponibles. La demanda de solicitantes se organiza en grupos y subgrupos, de acuerdo con las
circunstancias personales, familiares, sociales, económicas y de otra índole que cada solicitante
presenta en el RPSV. El reglamento en vigor establece unos porcentajes mínimos de viviendas asignadas a
cada grupo sobre el total de viviendas ofertadas.
Se considerarán grupos de demanda: las personas en situación de vulnerabilidad residencial; las personas
menores de 35 años y las mayores de 65; las familias monoparentales y las numerosas; las personas con
discapacidad; las víctimas de violencia de género, trata y/o explotación sexual; la demanda general y
las personas en "extrema exclusión residencial". Al segmentar la adjudicación de viviendas entre todas
estas situaciones sociales se consigue llegar a más sectores de la población madrileña. Los pisos se
adjudican luego en función de las características de los demandantes.