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La Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid intercambian datos de los demandantes de vivienda pública

La EMVS y la Agencia Social de Vivienda (antiguo IVIMA) han firmado un convenio para el intercambio de datos relativos a la titularidad de derechos sobre inmuebles de los demandantes de viviendas públicas.

13/02/2018

  • El acuerdo ha sido firmado por la EMVS y la Agencia Social de Vivienda (antiguo IVIMA)
  • La información que se intercambie servirá para conocer si los demandantes son titulares de algún derecho sobre otros domicilios
  • La vigencia del convenio será de 4 años, prorrogables en caso de que las partes así lo acuerden

La EMVS y la Agencia Social de Vivienda (antiguo IVIMA) han firmado un convenio para el intercambio de datos relativos a la titularidad de derechos sobre inmuebles de los demandantes de viviendas públicas. Los compromisos acordados servirán para tratar de una manera más eficaz dichos datos, así como para “agilizar” los procesos y “preservar el carácter social” de los inmuebles. Las administraciones intercambiarán información para conocer si las personas que solicitan viviendas son titulares de algún derecho sobre otros domicilios.

La EMVS exige como requisito para la inscripción en su registro permanente de solicitantes de vivienda que el demandante no esté ocupando irregularmente una vivienda o inmueble de titularidad de la Comunidad de Madrid o de la propia EMVS. Por su parte, para optar a viviendas gestionadas por la Agencia Social ninguno de los miembros de la unidad familiar solicitante puede haber resultado adjudicatario de vivienda pública en los diez años anteriores a la presentación de la solicitud ni ser titular de otra vivienda en todo el territorio nacional. Tanto la Comunidad de Madrid como el Ayuntamiento han introducido en su regulación sobre adjudicaciones requisitos para evitar que personas que tengan una vivienda en propiedad puedan acceder a este servicio público.

En lo referente a la coordinación entre las administraciones, el órgano al que se le realice la petición deberá emitir un certificado dando respuesta a la información solicitada en un plazo de 15 días, máximo. Los datos facilitados se utilizarán de manera exclusiva para acreditar el cumplimiento de los requisitos relativos al acceso a derechos sobre bienes inmuebles, garantizando así que no se dé un tratamiento no autorizado. El acuerdo también recoge la solución a las posibles incidencias que pudieran surgir y asegura el cumplimiento del Secreto Profesional.

Dicho convenio tendrá una vigencia total de cuatro años desde su firma, y, al finalizar las partes pueden acordar una prórroga por otros cuatro años. Del mismo modo es importante señalar que todas las peticiones se harán siempre en soporte electrónico, puesto que su funcionamiento facilita la transparencia de las diferentes gestiones y sirve a los principios de eficacia y eficiencia, además de ahorrar costes.

Durante la firma, el cumplimiento y control del convenio quedó atribuido a una Comisión de Seguimiento, que tendrá la función de resolver las dudas que pudieran surgir del presente Convenio.