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El 30 de enero de 2018 finaliza el plazo para la compra de suelos del Plan 18000

19/01/2018

  • Los titulares superficiarios de viviendas del Plan 18000 pueden adquirir la cuota del suelo municipal que les corresponde hasta el 30 de enero de 2018
  • El precio del suelo está publicado en las webs del Ayuntamiento de Madrid y de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo

La aprobación del Plan General de Urbanismo de 1985 permitió al Ayuntamiento de Madrid poner en marcha varios programas para la construcción de viviendas de protección oficial en parcelas municipales de suelo residencial cedidas gratuitamente en derecho de superficie durante 75 años a los adjudicatarios de las mismas.

El principal objetivo de estos programas, entre ellas el conocido Plan 18.000, era la promoción de viviendas de protección oficial destinadas a familias con ingresos inferiores al 3,5/4 veces el salario mínimo interprofesional (SMI), según convocatorias. Estas viviendas fueron construidas por cooperativas o asociaciones de usuarios sin ánimo de lucro en terrenos municipales a los que accedían mediante concurso.

Con la cesión de suelo en derecho de superficie el Ayuntamiento pretendía facilitar el acceso a la vivienda en propiedad a un sector de la población madrileña con dificultades para adquirirla en el mercado privado y fomentar el cooperativismo, entendido como movimiento asociativo sin ánimo de lucro, destinado a resolver la necesidad de alojamiento mediante la convivencia y la solución comunitaria de problemas y necesidades.

A partir de 1996, en respuesta a la demanda de algunos titulares de las viviendas, el Consistorio se comprometió a la venta de las cuotas de suelo correspondientes a sus titulares superficiarios, facilitándoles el acceso a la plena propiedad del suelo y vuelo.

Desde entonces, se han abierto sucesivas convocatorias y actualmente, hasta el 30 de enero de 2018, está vigente el “pliego general de pactos y condiciones económico-administrativas reguladores de la enajenación directa y onerosa de las cuotas de suelo que corresponde a los titulares superficiarios de las viviendas, locales comerciales, anejos y garajes de los edificios construidos en las parcelas municipales cedidas en derecho de superficie”.

Para obtener más información puedes consultar la página del Programa de Enajenación de Suelo-Plan 18.000.