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La Junta de Gobierno Local aprueba el nuevo proyecto del reglamento de adjudicación de viviendas de la EMVS

29/06/2018

  • El ayuntamiento refuerza su compromiso con la ciudadanía para trabajar y desarrollar medidas que faciliten y propicien el derecho a una vivienda adecuada a las necesidades de la población madrileña
  • Este nuevo reglamento mantiene el carácter social de la política municipal de vivienda que el Ayuntamiento de Madrid desarrolla a través de la EMVS permitiendo una total adecuación entre la oferta de viviendas y los adjudicatarios de las mismas
  • El nuevo texto refuerza el acceso prioritario a una vivienda en arrendamiento mediante un alquiler estable y de calidad

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado hoy el nuevo proyecto del reglamento de adjudicación de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, iniciándose con él la tramitación administrativa hasta su aprobación en pleno, con el que se vuelven a reforzar los derechos sociales de la ciudadanía madrileña ante el acceso a una vivienda.

Compromiso con la ciudadanía

Ante la fuerte demanda existente, la necesidad de vivienda en especial de los colectivos más vulnerables que no pueden acceder al mercado libre y el aumento de los precios del alquiler en nuestra ciudad, el nuevo proyecto del reglamento aprobado se constituye como el principal instrumento normativo para regular la adjudicación de viviendas gestionadas por la EMVS de conformidad con los principios de publicidad, concurrencia pública, transparencia, igualdad y no discriminación.

Para Marta Higueras, delegada del Área de Equidad, Derechos Sociales y Empleo "esta modificación demuestra que continuamos trabajando en el futuro de Madrid para que nuestra ciudadanía, especialmente aquellos con mayores dificultades socio económicas, encuentren un alojamiento adecuado, en un entorno apropiado y con unas condiciones óptimas de acuerdo a su situación socio familiar".

Este reglamento mantiene el carácter social de la política municipal de vivienda que el Ayuntamiento de Madrid desarrolla a través de la EMVS, reforzando así su compromiso con la ciudadanía para trabajar y desarrollar medidas que faciliten y propicien el acceso a una vivienda adecuada.

Mejoras del nuevo reglamento de adjudicación

El nuevo texto refuerza el acceso prioritario a una vivienda mediante un alquiler estable y de calidad. Asimismo, se continúa con el modelo de Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda como mecanismo para que la ciudadanía pueda inscribirse y participar en los diferentes procesos de adjudicación de vivienda pública que se produzcan.

Como novedad cabe destacar la creación de un nuevo sistema de adjudicación que permite la total adecuación entre la oferta de viviendas y los adjudicatarios de las mismas para favorecer la plena integración de los residentes, con unos procedimientos de gestión que garanticen la adecuada atención a las distintas tipologías sociales relacionadas con el acceso a la vivienda.

Otra de las novedades que introduce el texto son las condiciones contractuales que regirán las relaciones entre EMVS y sus adjudicatarios/as, lo que favorece la transparencia y seguridad, fijando unas rentas adecuadas al nivel de esfuerzo de cada familia, garantizando la permanencia y las prórrogas a determinar por la parte adjudicataria, etc. Igualmente, se incorpora un compromiso social común como decálogo de derechos y obligaciones entre las partes.

Por último, cabe destacar que por primera vez se busca una solución real para las víctimas indirectas de violencia de género, como los hijos y/o hijas de la víctima y/o sus progenitores siempre que, en el momento de su muerte o desaparición, convivieran con ella. Los familiares en línea recta o colateral dentro del tercer grado que se encontraran bajo su guarda, a las personas sujetas a su tutela o curatela o que se encontraren bajo su acogimiento familiar, siempre que convivieran con la victima desde un año antes a su muerte o desaparición. Asimismo, también se considera en este texto como víctima indirecta a la persona que ostente la guarda y custodia de menores huérfanos cuyas madres hayan sido víctimas de violencia de género.

Nuevo sistema de adjudicación

La selección de las personas adjudicatarias se realizará asignando las viviendas que en cada caso se oferten a cada Grupo de Demanda, para segmentar así la adjudicación de las mismas a fin de conseguir la mayor heterogeneidad posible, teniendo en cuenta el grupo y los subgrupos de demanda a los que se dirigen la tipología y localizaciones de las de vivienda.

Entre otros se considerarán grupos de demanda: las personas en situación de vulnerabilidad habitacional, los menores de 35 años, los mayores de 65 años, las familias monoparentales, las familias numerosas, las personas con discapacidad, las Víctimas (directas o indirectas) de violencia de género, trata y/o explotación sexual y la demanda general.

Procedimiento de selección

Para cada una de las ofertas aprobadas por el Consejo de Administración de la EMVS, se seleccionará de entre todos las solicitudes válidamente inscritas en el RPSV teniendo en cuenta los grupos y subgrupos de demanda, la tipología de las viviendas ofertadas y el distrito municipal en el que se localizan.

A continuación, mediante un nuevo procedimiento informático a cada una de las viviendas que componen la oferta se les asignará un número de orden. En este sentido, el número de personas será igual al triple de viviendas ofertadas, resultando, por lo tanto, un seleccionado y dos reservas por cada vivienda, ganando con ello agilidad en la gestión y en el proceso de adjudicación.

Compromiso social común en el uso de una vivienda de la EMVS

En este sentido, para lograr el equilibrio de derechos y obligaciones entre los recursos que la administración pública pone al servicio de la ciudadanía y el compromiso que deben asumir las personas beneficiadas por la misma, la EMVS plantea un compromiso social común para el uso de las viviendas, con el fin de mejorar su uso y la convivencia vecinal, advirtiendo por su parte que el incumplimiento de este compromiso puede originar la apertura de un expediente que concluya en la no renovación o incluso la resolución inmediata del contrato de arrendamiento.