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Bono vivienda


Además, la EMVS ha puesto en marcha una línea de ayudas, el Bono Vivienda, para los inquilinos/as que se apunten al Programa ReViVa. Para poder optar a esta ayuda, hay dos requisitos iniciales imprescindibles: llevar empadronados en Madrid, al menos, cinco años. Y tener unos ingresos brutos anuales, en función del número de miembros de la unidad familiar, de entre 3 y 7,5 veces el IPREM.

El Bono Vivienda se calculará en función de esos ingresos, el número de miembros de la unidad familiar y unos requisitos generales y específicos.

El Bono Vivienda consiste en una ayuda directa para pagar ese alquiler. Esta ayuda bonificará la diferencia entre la renta que la EMVS abona al propietario de la vivienda cedida en usufructo y la mensualidad que a su vez paga el inquilino/a.




Límites de ingresos en función de los miembros de la unidad familiar
Nº de miembros IPREM: Límite inferior IPREM: Límite superior
Uno 3 3,5
Dos 3 4
Tres 3,5 5,5
Cuatro 3,5 7
Cinco 3,5 7,5
Seis o más 3,5 7,5

Requisitos generales que bonifican

Cumplir alguno de los siguientes:

  • Ser menor de 35 años
  • Ser mayor de 65 años
  • Tener una discapacidad igual o superior a un 33%
  • Familias con personas dependientes a su cargo de grado II o III
  • Familias con hijos/as menores de 25 años dependientes económicamente o embarazadas
  • Familias con hijos/as dependientes económicamente a su cargo -cualquiera que sea su edad- con un grado de discapacidad igual o superior al 33%
  • Personas separadas o divorciadas, con hijos/as, que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias dictadas en procesos de separación o divorcio.

Ejemplos prácticos


Se relacionan los siguientes casos a modo de ejemplos, basados en hipótesis y estimaciones, debiendo tenerse en cuenta que sólo cuando aporte la documentación pertinente se le informará del importe final de su Bono Vivienda.


Pareja de 33 y 32 años, sin hijos, cuyos ingresos conjuntos brutos suman 3.450 euros

La renta de alquiler máxima a la que pueden optar es el 30% de sus ingresos netos, esto es, 960 euros mensuales.

Por ser menores de 35 años recibirían un Bono Vivienda de 160 euros mensuales, si la renta de la vivienda donde desean vivir es de 960 euros.

Este bono se descontaría de la renta de alquiler de la vivienda para que el esfuerzo que realizan por el pago de la misma nunca supere el 25% de sus ingresos netos familiares, que para el caso equivalen a 800€ mensuales.

Es decir, esta pareja elige un piso cuyo alquiler son 960 euros. El propietario de esa vivienda, que la ha cedido en usufructo a la EMVS, recibirá todos los meses esos 960 euros. Pero los inquilinos solo pagarán 800 euros, ya que se les ha bonificado con una ayuda de 160 euros. Si la renta de la vivienda fuera de 900€, entonces el bono sería por un importe de 100€, para que nunca el importe de la renta suponga, en este caso, más del 25% de sus ingresos netos familiares.

Pareja de 34 y 33 años, con un hijo pequeño, cuyos ingresos conjuntos brutos suman 4.300 euros

La renta de alquiler máxima a la que pueden optar es el 30% de sus ingresos netos, esto es, 1.200 euros mensuales.

Por ser menores de 35 años y tener un hijo dependiente económicamente menor de 25 recibirían un Bono Vivienda de 160 euros mensuales, si la renta de la vivienda donde desean vivir es de 960 euros.

Este bono se descontaría de la renta de alquiler de la vivienda para que el esfuerzo que realizan por el pago de la misma nunca supere el 20% de sus ingresos familiares, que para el caso equivalen a 800€ mensuales.

Es decir, esta familia elige un piso cuyo alquiler son 960 euros. El propietario de esa vivienda, que la ha cedido en usufructo a la EMVS, recibirá todos los meses esos 960 euros. Pero los inquilinos solo pagarán 800 euros, ya que se les ha bonificado con una ayuda de 160 euros, para que nunca el importe de la renta suponga, en este caso, más del 20% de sus ingresos netos familiares.

Pareja de 52 y 51 años, con un hijo pequeño, cuyos ingresos conjuntos brutos suman 4.500 euros

La renta de alquiler máxima a la que pueden optar es el 30% de sus ingresos netos, esto es, 1.260 euros mensuales.

Por tener un hijo dependiente económicamente menor de 25 años recibirían un Bono Vivienda de 160 euros mensuales, si la renta de la vivienda donde desean vivir es de 1000 euros.

Este bono se descontaría de la renta de alquiler de la vivienda para que el esfuerzo que realizan por el pago de la misma nunca supere el 20% de sus ingresos familiares, que para el caso equivalen a 840€ mensuales.

Es decir, esta familia elige un piso cuyo alquiler son 1.000 euros. El propietario de esa vivienda, que la ha cedido en usufructo a la EMVS, recibirá todos los meses esos 1.000 euros. Pero los inquilinos solo pagarán 840 euros, ya que se les ha bonificado con una ayuda de 160 euros. Si la renta de la vivienda fuera de 1.200€, entonces el bono sería por un importe de 360€, para que nunca el importe de la renta suponga, en este caso, más del 20% de sus ingresos netos familiares.

Pareja de 67 y 66 años, con un hijo mayor de 25 años pero con un grado de discapacidad superior al 33%, que suman unos ingresos brutos de 4.700 euros

La renta de alquiler máxima a la que pueden optar es el 30% de sus ingresos netos, esto es, 1.320 euros mensuales.

Por ser mayores de 65 años y tener un hijo dependiente económicamente a su cargo recibirían un Bono Vivienda de 120 euros mensuales, si la renta de la vivienda donde desean vivir es de 1000 euros.

Este bono se descontaría de la renta de alquiler de la vivienda para que el esfuerzo que realizan por el pago de la misma nunca supere el 20% de sus ingresos familiares, que para el caso equivalen a 880€ mensuales.

Es decir, esta pareja elige un piso cuyo alquiler son 1.000 euros. El propietario de esa vivienda, que la ha cedido en usufructo a la EMVS, recibirá todos los meses esos 1.000 euros. Pero los inquilinos solo pagarán 880 euros, ya que se les ha bonificado con una ayuda de 120 euros.

Si la renta de la vivienda fuera de 900€, entonces el bono sería por un importe de 20€. O si la renta de la vivienda fuera de 1.200€, entonces el bono sería por un importe de 320€. Para que nunca el importe de la renta suponga, en estos casos, más del 20% de sus ingresos netos familiares.

Mujer de 49 años, divorciada con un hijo menor de edad a su cargo, cuyos ingresos brutos suman 3.500 euros

La renta de alquiler máxima a la que puede optar es el 30% de sus ingresos netos, esto es, 990 euros mensuales

Por estar separada con un hijo menor a cargo recibiría un Bono Vivienda de 150 euros mensuales, si la renta de la vivienda donde desean vivir es de 975 euros.

Este bono se descontaría de la renta de alquiler de la vivienda para que el esfuerzo que realizan por el pago de la misma nunca supere el 25% de sus ingresos familiares, que para el caso equivalen a 825€ mensuales.

Es decir, esta mujer elige un piso cuyo alquiler son 975 euros. El propietario de esa vivienda, que la ha cedido en usufructo a la EMVS, recibirá todos los meses esos 975 euros. Pero la inquilina solo pagará 825 euros, ya que se le ha bonificado con una ayuda de 150 euros.

Si la renta de la vivienda fuera de 900€, entonces el bono sería por un importe de 75€, para que nunca el importe de la renta suponga, en este caso, más del 25% de sus ingresos netos familiares.

O si la renta de la vivienda fuera de 700€, entonces no sería necesario el Bono Vivienda ya que dicha renta es menor al 25% de sus ingresos netos familiares, esto es 825€.


Requisitos específicos que aumentan el bono

El Bono Vivienda podría incrementarse si además los solicitantes cumplen otras condiciones específicas:

  • Ser familia numerosa
  • Ser familia monoparental
  • Tener una discapacidad igual o superior a un 65%
  • Tener una dependencia de grado III
  • Ser víctima de terrorismo
  • Ser víctima acreditada de violencia de género o de violencia en el ámbito de la pareja o expareja

Ejemplos prácticos


Se relacionan los siguientes casos a modo de ejemplos, basados en hipótesis y estimaciones, debiendo tenerse en cuenta que sólo cuando aporte la documentación pertinente se le informará del importe final de su Bono Vivienda.


Pareja de 50 y 51 años, con tres hijos menores, cuyos ingresos conjuntos brutos suman 4.800 euros

La renta de alquiler máxima a la que pueden optar es el 30% de sus ingresos netos, esto es, 1.350 euros mensuales.

Por ser familia numerosa con tres hijos menores recibirían un Bono Vivienda de 550 euros mensuales, si la renta de la vivienda donde desean vivir es de 1.300 euros.

Este bono se descontaría de la renta de alquiler de la vivienda para que el esfuerzo que realizan por el pago de la misma nunca supere el 20% de sus ingresos netos familiares, que para el caso equivalen a 900€ mensuales. Pero al tratarse de una familia numerosa, se ve incrementado el bono, resultando un esfuerzo final del 17% de sus ingresos netos mensuales.

Es decir, esta familia elige un piso cuyo alquiler son 1.300 euros. El propietario de esa vivienda, que la ha cedido en usufructo a la EMVS, recibirá todos los meses esos 1.300 euros. Pero los inquilinos solo pagarán 750 euros, ya que se les ha bonificado con una ayuda de 550 euros. Si la renta de la vivienda fuera de 1.100€, entonces el bono sería por un importe de 350€.

Pareja de 46 y 44 años, con unos ingresos conjuntos brutos de 3.200 euros, en la que él tiene una discapacidad superior al 65%

La renta de alquiler máxima a la que pueden optar es el 30% de sus ingresos netos, esto es, 900 euros mensuales.

Por tener esa discapacidad recibiría un Bono Vivienda de 300 euros mensuales, si la renta de la vivienda donde desean vivir es de 900 euros.

Este bono se descontaría de la renta de alquiler de la vivienda para que el esfuerzo que realizan por el pago de la misma nunca supere el 25% de sus ingresos netos familiares, que para el caso equivalen a 750€ mensuales. Pero al tratarse de una familia con una persona con una discapacidad superior al 65% se ve incrementado el bono, resultando un esfuerzo final del 20% de sus ingresos netos mensuales.

Es decir, esta pareja elige un piso cuyo alquiler son 900 euros. El propietario de esa vivienda, que la ha cedido en usufructo a la EMVS, recibirá todos los meses esos 900 euros. Pero los inquilinos solo pagarán 600 euros, ya que se les ha bonificado con una ayuda de 300 euros.

Mujer de 33 años, víctima de violencia de género, con unos ingresos brutos de 3.200 euros

La renta de alquiler máxima a la que puede optar es el 30% de sus ingresos netos, esto es, 840 euros mensuales.

Por ser menor de 35 años y víctima de maltrato recibiría un Bono Vivienda de 250 euros mensuales, si la renta de la vivienda donde desean vivir es de 800 euros.

Este bono se descontaría de la renta de alquiler de la vivienda para que el esfuerzo que realizan por el pago de la misma nunca supere el 25% de sus ingresos netos familiares, que para el caso equivalen a 700€ mensuales. Pero al tratarse de una mujer víctima de violencia de género se ve incrementado el bono, resultando un esfuerzo final del 20% de sus ingresos netos mensuales.

Es decir, esta mujer elige un piso cuyo alquiler son 800 euros. El propietario de esa vivienda, que la ha cedido en usufructo a la EMVS, recibirá todos los meses esos 800 euros. Pero la inquilina solo pagará 550 euros, ya que se le ha bonificado con una ayuda de 250 euros.

Pareja de 52 y 50 años, con unos ingresos conjuntos brutos de 4.500 euros, uno de ellos víctima del terrorismo, con dos hijos menores de 25 años

La renta de alquiler máxima a la que puede optar es el 30% de sus ingresos netos, esto es, 1.260 euros mensuales.

Por ser víctima de terrorismo y tener hijos menores de 25 años dependientes económicamente a su cargo recibiría un Bono Vivienda de 510 euros mensuales, si la renta de la vivienda donde desean vivir es de 1.200 euros.

Este bono se descontaría de la renta de alquiler de la vivienda para que el esfuerzo que realizan por el pago de la misma nunca supere el 20% de sus ingresos netos familiares, que para el caso equivalen a 840€ mensuales. Pero al tratarse de una víctima de terrorismo con hijos menores de 25 años, dependientes económicamente a su cargo, se ve incrementado el bono, resultando un esfuerzo final del 16% de sus ingresos netos mensuales.

Es decir, esta familia elige un piso cuyo alquiler son 1.200 euros. El propietario de esa vivienda, que la ha cedido en usufructo a la EMVS, recibirá todos los meses esos 1.200 euros. Pero los inquilinos solo pagarán 690 euros, ya que se les ha bonificado con una ayuda de 510 euros. Si la renta de alquiler fuera de 1.100€ entonces el bono sería por un importe de 410€.







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