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EMVS

    

    

ÁREAS DE REHABILITACIÓN

Huertas - Las Letras

Órgano:

EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE MADRID, S.A. (EMVS)
ÁREA DE GOBIERNO DE URBANISMO Y VIVIENDA

Oficina: DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE AYUDAS A LA REHABILITACIÓN

Situación: Calle Palos de la Frontera, nº 13. 28012 Madrid

Teléfono de información: 91 516 84 05 / 91 516 87 10

Email: areampliacionhuertas@emvs.es

DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE ACTUACIÓN
Relación de calles incluidas en el Área:

- C/ Alameda, completa.

- C/ Almadén, completa.

- C/ Alvarez Gato, completa.

- C/ Amor de Dios, completa.

- Plaza Angel, completa.

- C/ Atocha, del 19 al 125.

- Plaza Cánovas del Castillo, 3.

- Pza. Canalejas, 1 y 3.

- Carrera de San Jerónimo, del 3 al 48.

- C/ Cenicero, completa.

- C/ Cervantes, completa.

- Plaza Cortes, 7 y 8.

- Cruz, del 1 al 39.

- Costanilla de los Desamparados, completa.

- C/ Duque de Medinaceli, completa.

- C/ Echegaray, del 4 al 22 y del 1 al 33.

- Pza. Emperador Carlos V, 1.

- C/ Espoz y Mina, completa.

- C/ Fúcar, completa.

- C/ Gobernador, completa.

- C/ Huertas, completa.

- C/ Infante, completa.

- Plaza Jacinto Benavente, 2.

- C/ Jesús, completa.

- Plaza Jesús, completa.

- C/ León, completa.

- C/ Lope de Vega, completa.

- C/ Manuel Fernández y Gonzalez completa.

- Plaza Matute, completa.

- C/ Moratín, completa.

- C/ Núñez de Arce completa.

- C/ Platería Martínez, completa.

- C/ Prado, completa, Paseo Prado, del 10 al 48.

- C/ Príncipe, completa.

- C/ Quevedo, completa.

- C/ San Agustín, completa.

- C/ San Blas, completa.

- C/ San José, completa.

- C/ San Pedro, completa.

- C/ San Sebastián, completa.

- Plaza Santa Ana, completa.

- C/ Santa Catalina, completa.

- C/ Santa María, completa.

- C/ Santa Polonia, completa.

- c/ Ventura de la Vega, completa.

- C/ Verónica, completa.

   Plano Huertas - Las Letras
AYUDAS

Actuación en elementos comunes

Propietarios residentes.
Dependiendo de los ingresos familiares ponderados la subvención puede oscilar entre el 30% y el 75% del presupuesto protegido. En relación con estos porcentajes la cuantía máxima por vivienda varía entre 12.500 € y 21.000 €.

Vivienda en alquiler
Una subvención del 50% con una cuantía máxima de 18.000 € por vivienda.

Locales comerciales
Una subvención del 40% con una cuantía máxima de 15.000 € por local.

Viviendas o locales vacíos
No son objeto de subvención salvo aquellas viviendas o locales que acrediten su ocupación en el plazo de dos meses después de finalizar las obras.
Las viviendas vacías que se alquilen a jóvenes menores de 35 años o se incorporen a la Agencia Municipal de Alquiler, pueden obtener una subvención del 75% con una cuantía máxima de 21.000 €.

Actuación en adecuación de habitabilidad de vivienda.
Dependiendo de los ingresos familiares ponderados, la subvención puede variar entre el 30% y el 50% del presupuesto protegido. En relación con estos porcentajes la cuantía máxima por vivienda puede oscilar entre 12.500 € y 18.000 €.

En el supuesto de que se actúe tanto en elementos comunes como en adecuación de habitabilidad, la subvención total por vivienda no podrá superar las cuantías máximas establecidas en la normativa de aplicación.

REQUISITOS DE LOS EDIFICIOS Y DE LAS ACTUACIONES
Una vez finalizadas las actuaciones el edificio debe tener uso residencial, como mínimo, en el 50% del total de su superficie útil.

El edificio debe tener una antigüedad mayor de 15 años.

Las obras no deben comenzar antes de estar formalizada la solicitud de ayudas. Esta condición no es exigible cuando el inicio de las obras sea consecuencia de una orden de ejecución, en cuyo caso pueden ser objeto de subvención las actuaciones realizadas a partir de los tres meses anteriores a la citada solicitud.

Las obras de rehabilitación deben concluir en el plazo máximo de 3 años contados a partir de la fecha de la concesión de la subvención.


» CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES