Estas viviendas están destinadas a personas identificadas por circunstancias objetivas en función de las especiales características de la promoción de viviendas o de la demanda existente en el Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda.
Las características de las Viviendas con Protección Pública en Arrendamiento son:
- La superficie máxima construida es 110 m2.
- Están sujetas a una renta máxima anual.
- La duración del régimen legal de protección pública vendrá establecido en la Calificación Definitiva.
Para acceder a estas viviendas deberás:
- Tener unos ingresos familiares entre 0,75 y 5,5. veces el IPREM*.
- Estar empadronado en Madrid de forma ininterrumpida durante los 2 años anteriores o trabajando durante los 3 años anteriores a la fecha de inscripción en el Registro Permanente de Solicitantes de Vivienda, en el Municipio de Madrid (si no se acredita una residencia ininterrumpida, deberá estar empadronado en Madrid durante un período mínimo de 3 años dentro de los 5 inmediatamente anteriores a la fecha de inscripción).
Estas viviendas se adjudicarán mediante el procedimiento de baremo combinado.